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Relación del valor moral y los demás valores

RELACIÓN DEL VALOR MORAL Y LOS DEMAS VALORES

             En cuanto a la relación con los demás valores, este valor tiene una función de mediación entre los valores religiosos y los demás valores. Y además condiciona a la persona en su realiza­ción. Por ser un valor inherente a los comportamientos en que la persona expresa su libertad, el valor moral aparece como la razón de ser del hombre.          Montoya M. (1990) afirma que si queremos conseguir una educación en libertad, hemos de preguntarnos antes por aquellos valores cuya realización hacen posible la libertad humana.

Determinar el valor supremo, y organizar todos los valore­s alrededor del él, sería resolver la jerarquización de los valores morales dentro de un sistema moral determinado. El problema de la fundamentación de la moralidad, del consti­tutivo intrínseco del valor moral así como la jerarquiza­ción de los valores morales, es lo que define a los distintos sistemas morales.

            Se ha colocado el constitutivo intrínseco del valor moral en:    

  • - la "obligación" como obediencia a un principio exterior legislante.
  • - el "placer" (epicureísmo, hedonismo...)
  • - la "felicidad (Aristóteles...)
  • - la "ataraxia" o imperturbabilidad (estoicismo)
  • - la "utilidad" (utilitarismo: Bentham, Mill.)
  • - el "deber" por el deber (Kant)
  • - el "altruismo" (Smith, Spencer)
  • - la "libertad" (Sartre)
  • - el ejercicio de la razón (siglo de las "luces")
  • - Dios (para creyentes de todas las religiones)
  • - la dignidad humana (fundamento de los derechos humanos)

 

Cabría preguntarse qué valor sería el que imperase en estos tiempos concretos en una sociedad pluralista y en la que conviven individuos de diferentes opciones ideológicas de carácter político y religioso ¿ Sería hoy aceptada una ética impuesta por un acto de voluntad? Como Ortega anunció con su perspectivismo no es una caída o recaída en el relativismo axiológico, sino el reconocimiento de que el mundo se ve y se dice de múltiples modos, pero en vez de caer en la tentación del "todo vale por igual" es necesario pensar que todo, en algún sentido es impres­cindible y necesario para componer entre los miembros de la comunidad humana algo que "valga. Hoy no se puede sostener la pretensión del monopo­lio de valores, sino una búsqueda de unos valores universales, aceptados por todos, y que se descubren en todas las civilizacio­nes.

El artículo 1.1 de la Constitución española:

            " España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamien­to jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo po­lítico."

            Y en el artículo 27.2:

            " La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales."

 

            Camps (1994) después de hacer un análisis valorativo sobre la fundamentación de los valores, con­cluye": En resumen, no tenemos un modelo ideal, como no tenemos un modelo platónico de sociedad ni un sólo modelo de escuela. No lo tenemos porque nuestro mundo es plural y aplaudi­mos esa pluralidad que es enri­quecedora, así como la convivencia de las diferencias.  Pero, aunque nos falte un modelo de persona, contamos con un conjunto de valores universalmente consensuables, un sistema valorativo que sirve de marco y de criterio para controlar hasta dónde llegan nuestras exigencias éticas indivi­duales y colectivamente. Son valores producto de la civilización, producto de más de veinticinco siglos de pensamiento. La democra­cia griega y el origen de la filosofía, la tradición judeocris­tiana, la Ilustra­ción, el pensamiento crítico de Marx y Nietzs­che, todo ello ha ido dejando un poso de valores, principios, ideales que se resumen en los llamados Derechos humanos".   

            Según Peces-Barba (1976)     

            " Los valores superiores son expresiones de una moralidad ma­yoritariamente en el ámbito cultural y en el momento histórico. Al tener una procedencia desde la moralidad, no se agotan en su contenido normativo sino que siguen existiendo dimensiones de esa moralidad que no tienen contenido normativo y que realizan una función crítica y de presión sobre la parte de esos valores ya positivizados para ampliar y profundizar su sentido. Así pues se puede hablar de valores superiores legalizados tanto a través del artículo 1º como de su desarrollo en la Constitución y en el resto del ordenamiento y de valores superiores críticos que se enriquecen en la cultura y en la historia por el esfuerzo y por la reflexión del hombre, y que presiona para convertirse en valores Legalizados."

            La realidad de los derechos humanos es tan rica de contenido que puede ser estudiada desde diferentes perspectivas y por diver­sos saberes. No tiene sentido hablar de Derechos Humanos sin aludir a su positivación. Para que los derechos humanos adquieran la condición de "Derechos" precisan el reconocimiento que procede de una norma jurídica.

La educación cívico-moral supone la compresión de las normas que rigen la vida democrática. Sitúa a los alumnos en condi­ciones de responder a su propia exigencia de libertad y justicia y de hacer frente de manera responsable a los problemas morales y sociales de nuestro tiempo.

            La educación de los derechos humanos debe formar parte de una educación cívica. Vidal (1991) explica este hecho: " La presencia de la instancia ética en los derechos humanos aporta a esta noción histórico jurídica el carácter de exigencia proféti­ca y globalizante. Los derechos humanos, por ser expresio­nes de valores básicos de la persona, encauzan la protesta y la profecía de lo humano por terrenos metajurídicos y más allá de las concreciones históricas."

             Los aspectos axiológicos que son asumidos en el concepto de derechos humanos son:

            1º Reconocen el valor del hombre por encima de cualquier realidad.

            2º Reconocimiento de la persona humana como lugar axiológico autónomo.

            3º El fundamento inmediato está en la libertad

A la pregunta, ¿qué valores deben imperar en una sociedad plu­ralista como la nuestra? creo  que hoy nadie niega que la contes­tación idónea sea la de los Derechos Humanos.

            Pero esta sería una contestación abstracta y formal, que se toma como criterio y pauta de conducta. Son valores fundamenta­les que deben serlo en cualquier parte y en cualquier cultura. Pero que estos valores universales sean reconocidos, no implica que queden zonas dudosas que deben consesuarse.

            Camps (1994) completa esta idea:

            " Esas zonas oscuras de los derechos fundamentales y de la interpretación de los mismos son las que deben consesuarse por la vía del dialogo o de la democracia. Tanto los conflictos entre los derechos fundamentales como la interpretación concreta y aplicada a nuestras situaciones obligan a priorizar, a elegir y a sacrificar valores: ahí la tragedia de la ética. Para ser cohe­rente con la ética misma cualesquiera elecciones o decisión debe respetar a otro mínimo ético que es el del consenso dialógi­co; nadie tiene derecho a imponer a otro sus puntos de vista y menos a hacerlo violentamente. La comunicación y una comunicación lo más simétrica posible, como quiere Habermas, es el único fundamen­to de la aceptación de las normas justas."

Se ha insinuado distintas líneas para determinar los valores y el consenso sobre ellos.

Por un lado, se ha hablado de la construcción de los propios valores individuales para potenciar la autonomía personal y colectiva, que supondría una construcción de valores.

Por otro lado, se ha llegado a determinar que la comunidad llegue a determinar una serie de valores socialmente aceptables y aceptados. Se da por supuesto que existe una serie de valores que son asimilados como positivos por todas la sociedad. Estos valores podrían obtenerse de una reflexión sobre los valores de la democracia, o de los valores contenidos en nuestra Constitu­ción, o como es aceptado internacionalmente sobre los contenidos de la Declaración Universal de Derechos Humanos.

 

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